
Esta semana el presidente, Martín Vizcarra, anunció cambios en materia de seguridad y salud ocupacional, tras el deceso de dos trabajadores en las instalaciones de McDonald’s. Con este preámbulo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Ley General de Inspección del Trabajo.
Entre los principales cambios, resalta el efectuado a la Ley General de Inspección del Trabajo, específicamente el artículo 3 de la citada norma incluyendo que ahora la Autoridad Inspectiva de Trabajo (Sunafil) podrá fiscalizar más de una vez al año a una empresa en materia de seguridad y salud ocupacional.
La citada ley indicada que la Sunafil no podría programar una orden de inspección sobre una misma materia más de una vez al año, incluyendo lo relacionado a seguridad ocupacional.
En opinión del laboralista César Puntriano este es un cambio importante ya que ahora las inspecciones en materia laboral se harán más de una vez, sin necesidad de una denuncia de por medio. “La norma anterior especificaba que si la autoridad ya inspeccionó a mi empresa por pago de vacaciones en enero, ya no tendría que volver a fiscalizarla por el mismo tema en el año, salvo que exista una denuncia. Con el cambio de hoy, se especifica que una empresa podrá ser fiscalizada más de una vez en el año en materia de seguridad y salud en el trabajo, aún cuando no haya denuncias”, apuntó.
Otro de los cambios realizados hoy esta relacionada a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, específicamente en el artículo 27 de la norma incluyendo que las capacitaciones en materia de prevención laboral realizadas por el empleador deberán estar centradas en el puesto y ambiente de trabajo específico o en la función que cada trabajador desempeña. “Ahora se indica que la capacitación en materia de seguridad también deberá centrarse en el entorno y lugar laboral. Con ello vemos un cambio en el alcance. La capacitaciones –cabe precisar– son obligatorias por lo menos cuatro veces al año”
Reducción de plazo-
Puntriano precisó que otro cambio está relacionado al plazo de investigación de Sunafil para el caso de accidentes de trabajo seguido de muerte, la que se reduce de 30 a 10 días hábiles, prorrogables por única vez hasta por el mismo plazo.
También se realizó un cambio a la publicidad de las resoluciones administrativas, ya que la norma anterior señalaba que cuando había una resolución en ultima instancia administrativa en materia laboral había que publicarla en la página web de la Sunafil, pero ahora se especifica que el caso de resoluciones de procedimiento administrativo sancionador de inspección laboral, referidas a accidente de trabajo y enfermedad profesional comprobada seguida de muerte, la publicación debe efectuarse por única vez, además, en un diario de circulación del ámbito de su jurisdicción
“Ya no solamente se va a publicar en la web sino que cuando se trate de resoluciones finales referido a accidentes laborales seguido de muerte de trabajadores deberá publicarse en un diario de circulación nacional”, arguyó.
-Lo que hace falta-
En opinión del laboralista, lo que se requiere son modificaciones más profundas –por ejemplo– a la Ley General de Inspección del Trabajo para añadir la posibilidad del cierre temporal de las operaciones de una empresa, en caso se haya establecido su responsabilidad en el deceso de un trabajador; además de la multa (que puede llegar a los S/ 283,000) y de las acciones penales que correspondan.
Materia |
Antes |
Ahora |
Capacitaciones en SST |
Pueden ser presenciales o virtuales (on line) |
Las capacitaciones obligatorias de SST (4 anuales) deben ser presenciales. |
Duración de Inspecciones |
Todas las inspecciones sobre SST duran 30 días hábiles máximo |
Cuando se trata de accidente laboral seguido de muerte del trabajador, la etapa de investigación tomará 10 días útiles prorrogables 10 más. |
Doble inspección |
Por cada año, no puede haber más de una inspección salvo que exista una denuncia |
Puede haber más de una inspección anual cuando se trata de SST, derechos fundamentales y registro de trabajadores enplanilla y denuncias. |
Publicidad de resoluciones de Sunafil y Mintra |
Se publican en la web de Sunafil, Mintra y gobiernos regionales las resoluciones
sobre libertad sindical, primacía de realidad, SST, jornada, etc. |
Cuando se trata de accidente laboral seguido de muerte del trabajador, además se debe publicar la resolución definitiva en un diario de circulación local. |
Fuente: Vinatea & Toyama, Abogados.