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Conoce la importancia de la capacitación anual a oficiales de cumplimiento y sujetos obligados a informar a la UIF. Esta formación se ha consolidado como un pilar en el combate contra el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo en Perú. Estar al tanto de las innovaciones y estrategias empleadas por criminales financieros para legitimar sus fondos y respaldar actividades prohibidas es esencial.

¿Qué es la UIF y por qué es esencial?

La UIF, organismo estatal encargado de monitorear y detectar operaciones financieras atípicas, depende estrechamente de la cooperación de las entidades reguladas. Estas incluyen bancos, casas de cambio, aseguradoras y otros negocios con flujo significativo de capital. La información recopilada por la UIF es instrumental para identificar y actuar contra las redes delictivas financieras, por lo que la exactitud y calidad de los datos suministrados es de suma importancia.

El papel de los Oficiales de Cumplimiento

Los oficiales de cumplimiento tienen la misión de asegurar que sus instituciones se adhieran a las normativas y leyes relacionadas con la prevención del lavado de activos y el financiamiento al terrorismo. Su labor implica analizar los riesgos asociados a sus organizaciones, diseñar políticas y protocolos para reducirlos y formar al personal en la detección y reporte de transacciones inusuales.

Beneficios de la Capacitación Anual

La formación anual de estos profesionales y de las entidades reguladas por la UIF es fundamental para estar informados sobre las actualizaciones normativas y las mejores prácticas en la detección de delitos financieros. Además, estos espacios de aprendizaje permiten el intercambio de experiencias y el aprendizaje mutuo, facilitando la identificación y solución de retos compartidos.

Esta capacitación es esencial para garantizar que la información suministrada a la UIF sea detallada y correcta. Estar informados sobre las modificaciones legales y las tácticas emergentes de los criminales financieros es crucial. La desinformación o la falta de actualización puede llevar a omitir datos valiosos que la UIF podría utilizar para prevenir delitos financieros.

Entidades Reguladas por la UIF en 2023

Las entidades obligadas a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) están detalladas en la Ley N° 27693, Ley de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. Algunas de estas entidades incluyen:

  • Las cooperativas de ahorro y crédito.
  • Las empresas o personas naturales dedicadas a la compra y venta de vehículos, embarcaciones y aeronaves.
  • Las empresas o personas naturales dedicadas a la actividad de la construcción e inmobiliarias.
  • Los casinos, sociedades de lotería y casas de juegos, incluyendo bingos, tragamonedas, hipódromos y sus agencias, y otras similares.
  • Los almacenes generales de depósito.
  • Las agencias de aduana.
  • La compra y venta de divisas.
  • El servicio de correo y courrier.
  • El comercio de antigüedades.
  • El comercio de joyas, metales y piedras preciosas, monedas, objetos de arte.
  • Los préstamos y empeño.
  • Las agencias de viajes y turismo, hoteles y restaurantes.
  • Los Notarios Públicos.
  • Las personas jurídicas o naturales que reciban donaciones o aportes de terceros.
  • Los despachadores de operaciones de importación y exportación.
  • Laboratorios y empresas que producen y/o comercialicen insumos químicos que se utilicen para la fabricación de drogas y/o explosivos.
  • Empresas dedicadas a la compraventa o importaciones de armas.
  • Empresas dedicadas a la fabricación y/o comercialización de materiales explosivos.
  • Gestores de intereses en la administración pública.
  • Empresas mineras.
  • Organizaciones receptoras de aportes de terceros (ONG).
  • Las Cámaras de Comercio del país.
  • El Seguro Social de Salud.
  • Bancos, financieras, cajas municipales, cajas rurales, Edpymes.
  • Compañías de seguros y los corredores de seguros.
  • Las empresas emisoras de tarjetas de crédito y/o débito.
  • Empresas de servicios fiduciarios.
  • Las sociedades agentes de bolsa y sociedades intermediarias de valores.
  • Las sociedades administradoras de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos colectivos, y AFPs.
  • La Bolsa de Valores.
  • Las Centrales de Riesgo Público y Privado.
  • Los Martilleros Públicos.
  • Clubes de Fútbol Profesional.

obligados por la uif