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La SUNAT ha publicado nuevas disposiciones sobre el uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para el 2025, destacando la postergación para ciertos contribuyentes. En esta nota revisamos las fechas actualizadas, los grupos obligados, las resoluciones legales vigentes y las posibles sanciones por incumplimiento.

¿Qué resoluciones sustentan el uso obligatorio del SIRE 2025?

El marco normativo actualizado incluye:

¿Cuáles son las fechas clave y el cronograma del SIRE 2025?

Desde enero 2025

Contribuyentes del Régimen General que al 31/12/2024 estén obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE), y no estén clasificados como Principales Contribuyentes (NO PRICOS).

Desde julio 2025

Conforme a la RS N.° 293-2024/SUNAT, los Principales Contribuyentes (PRICOS) que al 31/12/2024 debían empezar en enero, han sido postergados hasta el periodo julio 2025 si aún no venían usando el SIRE.

¿Por qué SUNAT postergó el uso del SIRE para los PRICOS?

Según la Nota de Prensa N.° 099, la SUNAT prorrogó la obligatoriedad para PRICOS con el fin de facilitar su adecuación al sistema. Así, se les otorga hasta julio de 2025 para adaptarse tecnológica y operativamente a esta nueva obligación digital.

¿Quiénes han sido incorporados previamente al SIRE antes del 2025?

✔ Julio 2023: Contribuyentes incluidos en el Anexo 7 de la RS 112-2021/SUNAT.

✔ Octubre 2023: Contribuyentes del RER y Régimen MYPE Tributario que al 30/09/2023 usaban PLE o Portal.

✔ Agosto 2024: Contribuyentes que al 31/07/2024 estaban obligados a llevar RVIE y RCE.

Resumen práctico del cronograma SIRE SUNAT por etapas

Periodo Contribuyentes incluidos Resolución
Julio 2023 Anexo 7 de la RS 112-2021/SUNAT RS 112-2021/SUNAT
Octubre 2023 RER y MYPE obligados al 30/09/2023 RS 138-2023/SUNAT
Agosto 2024 Contribuyentes obligados al 31/07/2024 RS 003-2024/SUNAT
Enero 2025 Régimen General – No PRICOS al 31/12/2024 RS 003-2024/SUNAT
Julio 2025 Principales Contribuyentes (PRICOS) postergados mediante RS 293-2024/SUNAT RS 293-2024/SUNAT

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO PARA LOS REGISTROS ELECTRÓNICOS

Resolucion de Superintendencia N.° 0281- 2022/SUNAT :Tiene por finalidad establecer los cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y plazos máximos de atraso del registro de compras y ventas electrónico de enero a diciembre de cada año, fijando la fecha de vencimiento en días hábiles.

Cronograma RCE y RVIE 2025

Descargalo Aquí en PDF Cronograma 2025

¿Qué pasa si no cumplo con el SIRE en 2025?

Los contribuyentes que no presenten sus registros electrónicos por SIRE según cronograma serán sancionados con:

Multas por omisión o presentación extemporánea

Pérdida del crédito fiscal del IGV

Clausura del local si existe reincidencia

¿Dónde capacitarse sobre el SIRE y ver tu cronograma personalizado?

Si deseas prepararte correctamente para cumplir con el SIRE 2025, puedes acceder al curso especializado que ofrecemos en:

Seminarios Top – Curso SIRE SUNAT

Allí encontrarás:

Capacitación práctica con normativa actualizada.

Casos reales y ejemplos del RVIE y RCE en el SIRE.

Explicación del cronograma según el último dígito de tu RUC.

Revisión de las resoluciones y obligaciones vigentes.

Además, puedes revisar las fuentes oficiales de SUNAT para complementar tu aprendizaje:

  • SUNAT Portal CPE: cpe.sunat.gob.pe

  • SUNAT Charlas informativas: charlas.sunat.gob.pe

Conclusión

El uso del SIRE sigue ampliándose de forma gradual. SUNAT ha otorgado hasta julio 2025 a los PRICOS para adecuarse, mientras que otros grupos ya deben declarar desde enero. Verifica tu condición tributaria, revisa tu fecha de inicio y prepárate para cumplir sin errores.