Compartir:

La SUNAT ha emitido nuevas disposiciones sobre el uso obligatorio del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) en 2025, incluyendo una prórroga específica para algunos contribuyentes. En esta nota te contamos el cronograma actualizado, los grupos obligados, las resoluciones vigentes y las consecuencias por incumplir esta obligación.

¿Qué resoluciones sustentan el uso obligatorio del SIRE 2025?

El marco normativo actualizado incluye:

¿Cuáles son las fechas clave y el cronograma del SIRE 2025?

Desde enero 2025

Contribuyentes del Régimen General que al 31/12/2024 estén obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE), y no estén clasificados como Principales Contribuyentes (NO PRICOS).

Desde julio 2025

Conforme a la RS N.° 293-2024/SUNAT, los Principales Contribuyentes (PRICOS) que al 31/12/2024 debían empezar en enero, han sido postergados hasta el periodo julio 2025 si aún no venían usando el SIRE.

Desde enero 2026 – nueva prórroga

Con la RS N.° 217-2025/SUNAT, la SUNAT ha vuelto a postergar la obligación para los PRICOS hasta enero de 2026, dando más tiempo para su adecuación al sistema.

¿Por qué SUNAT postergó el uso del SIRE para los PRICOS?

De acuerdo con la más reciente Resolución N.º 217-2025/SUNAT, publicada el 26 de junio de 2025, la SUNAT amplió el plazo para que los Principales Contribuyentes (PRICOS) adopten el SIRE, extendiendo la fecha de inicio obligatorio hasta enero de 2026.

Esta prórroga busca brindar mayor tiempo de adaptación técnica y operativa, dentro de una implementación progresiva que asegure el cumplimiento efectivo de esta obligación digital.

¿Quiénes han sido incorporados previamente al SIRE antes del 2025?

✔ Julio 2023: Contribuyentes incluidos en el Anexo 7 de la RS 112-2021/SUNAT.

✔ Octubre 2023: Contribuyentes del RER y Régimen MYPE Tributario que al 30/09/2023 usaban PLE o Portal.

✔ Agosto 2024: Contribuyentes que al 31/07/2024 estaban obligados a llevar RVIE y RCE.

Resumen práctico del cronograma SIRE SUNAT por etapas

Periodo Contribuyentes incluidos Resolución
Julio 2023 Anexo 7 de la RS 112-2021/SUNAT RS 112-2021/SUNAT
Octubre 2023 RER y MYPE obligados al 30/09/2023 RS 138-2023/SUNAT
Agosto 2024 Contribuyentes obligados al 31/07/2024 RS 003-2024/SUNAT
Enero 2025 Régimen General – No PRICOS al 31/12/2024 RS 003-2024/SUNAT
Enero 2026 Principales Contribuyentes (PRICOS) postergados nuevamente mediante RS 217-2025/SUNAT RS 217-2025/SUNAT

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO PARA LOS REGISTROS ELECTRÓNICOS

Resolucion de Superintendencia N.° 0281- 2022/SUNAT :Tiene por finalidad establecer los cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y plazos máximos de atraso del registro de compras y ventas electrónico de enero a diciembre de cada año, fijando la fecha de vencimiento en días hábiles.

Cronograma RCE y RVIE 2025

Descargalo Aquí en PDF Cronograma 2025

¿Qué pasa si no cumplo con el SIRE en 2025?

Los contribuyentes que no presenten sus registros electrónicos por SIRE según cronograma serán sancionados con:

Multas por omisión o presentación extemporánea

Pérdida del crédito fiscal del IGV

Clausura del local si existe reincidencia

¿Dónde capacitarse sobre el SIRE y ver tu cronograma personalizado?

Si deseas prepararte correctamente para cumplir con el SIRE 2025, puedes acceder al curso especializado que ofrecemos en:

Seminarios Top – Curso SIRE SUNAT

Allí encontrarás:

Capacitación práctica con normativa actualizada.

Casos reales y ejemplos del RVIE y RCE en el SIRE.

Explicación del cronograma según el último dígito de tu RUC.

Revisión de las resoluciones y obligaciones vigentes.

Además, puedes revisar las fuentes oficiales de SUNAT para complementar tu aprendizaje:

  • SUNAT Portal CPE: cpe.sunat.gob.pe

  • SUNAT Charlas informativas: charlas.sunat.gob.pe

Conclusión

El uso del SIRE continúa implementándose de forma gradual. SUNAT ha postergado hasta enero de 2026 la obligatoriedad para los Principales Contribuyentes (PRICOS), otorgándoles más tiempo para adecuarse al sistema. Mientras tanto, otros grupos de contribuyentes ya deben declarar a través del SIRE desde enero de 2025. Verifica tu condición tributaria, revisa tu cronograma personalizado y prepárate con anticipación para cumplir con esta obligación sin errores.