



En Vivo
El cumplimiento del SPLAFT es esencial para diversas industrias, incluyendo inmobiliarias, constructoras, casinos, entre otros. Requiere un conocimiento especializado y una capacitación continua para detectar y prevenir el lavado de activos.
Nuestro curso ofrece una capacitación exhaustiva en temas de lavado de activos, conforme a las normativas establecidas por la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (SBS). Está dirigido a Oficiales de Cumplimiento (Compliance Officer), directivos y empleados de empresas sujetas a regulaciones sobre lavado de activos.
Las empresas o sujetos obligados deben implementar un sistema de prevención antilavado, mantener un Manual de Prevención de Lavado de Activos actualizado, y realizar Reportes de Operaciones Sospechosas, entre otras obligaciones. Nuestro curso aborda detalladamente estas responsabilidades.
Durante el curso, se profundizará en temas como las señales de alerta para detectar operaciones inusuales y sospechosas, y el manejo adecuado de los plazos de los procesos de fiscalización relacionados con el lavado de activos.
El 13 de julio último se acaba de publicar la Res. SBS 02351-2023 por el cual se modifica la designación del Oficial de Cumplimiento y los principales procedimientos de los cuales es responsable de implementar y supervisar.
Se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución SBS N.° 2351-202 (la «Resolución»), la cual modifica la Resolución SBS N.° 789-2018 que aprobó la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF Perú (la «Norma PLAFT»). Esta norma modificatoria introduce precisiones con relación a determinados componentes del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo («SPLAFT») que los sujetos obligados bajo supervisión de UIF-Perú («SO») deben implementar.
· Agencias de Aduanas.
· Empresas mineras.
· Bancos, Financieras, Cajas Municipales y Edpymes.
· Cooperativas de Ahorro y Crédito.
· Empresas de préstamo y empeños.
· Compañías de seguros y corredores de seguros.
· Casas de cambio.
· Empresas y personas naturales dedicadas a la compra y venta de automóviles.
· Empresas de la construcción e inmobiliarias.
· Casinos, casas de juegos, bingos e hipódromos.
· Almacenes Generales de Depósito.
· Empresas de servicio de correo y courriers.
· Agencias de Viaje y Turismo, Hoteles y Restaurantes.
· ONG y personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros.
· Empresas importadoras y exportadoras autorizadas.
· Notarías Públicas.
· Las sociedades administradoras de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos colectivos, y fondos de seguros de pensiones.
· Comercio de antigüedades, joyas, metales y piedras preciosas, monedas, objetos de arte y sellos postales.
· Laboratorios y empresas que producen y/o comercialicen insumos químicos que se utilicen para la fabricación de drogas y/o explosivos.
· Empresas dedicadas a la compraventa o importaciones de armas, fabricación y/o comercialización de materiales explosivos.
· Cámaras de comercio del país.
· Clubes de futbol profesional.
Sujetos obligados en general, auditores internos y externos, gerentes y responsables de las áreas comerciales, operativas de créditos y de comercio exterior. Profesionales y funcionarios vinculados a instituciones financieras y cooperativas, empresas y entidades sujetas a la ley nro. 27765, que requieren una comprensión profunda y actualizada de las normativas y prácticas relacionadas con la prevención y detección de lavado de activos.
El cumplimiento del SPLAFT es esencial para diversas industrias, incluyendo inmobiliarias, constructoras, casinos, entre otros. Requiere un conocimiento especializado y una capacitación continua para detectar y prevenir el lavado de activos.
Nuestro curso ofrece una capacitación exhaustiva en temas de lavado de activos, conforme a las normativas establecidas por la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (SBS). Está dirigido a Oficiales de Cumplimiento (Compliance Officer), directivos y empleados de empresas sujetas a regulaciones sobre lavado de activos.
Las empresas o sujetos obligados deben implementar un sistema de prevención antilavado, mantener un Manual de Prevención de Lavado de Activos actualizado, y realizar Reportes de Operaciones Sospechosas, entre otras obligaciones. Nuestro curso aborda detalladamente estas responsabilidades.
Durante el curso, se profundizará en temas como las señales de alerta para detectar operaciones inusuales y sospechosas, y el manejo adecuado de los plazos de los procesos de fiscalización relacionados con el lavado de activos.
El 13 de julio último se acaba de publicar la Res. SBS 02351-2023 por el cual se modifica la designación del Oficial de Cumplimiento y los principales procedimientos de los cuales es responsable de implementar y supervisar.
Se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución SBS N.° 2351-202 (la «Resolución»), la cual modifica la Resolución SBS N.° 789-2018 que aprobó la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF Perú (la «Norma PLAFT»). Esta norma modificatoria introduce precisiones con relación a determinados componentes del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo («SPLAFT») que los sujetos obligados bajo supervisión de UIF-Perú («SO») deben implementar.
· Agencias de Aduanas.
· Empresas mineras.
· Bancos, Financieras, Cajas Municipales y Edpymes.
· Cooperativas de Ahorro y Crédito.
· Empresas de préstamo y empeños.
· Compañías de seguros y corredores de seguros.
· Casas de cambio.
· Empresas y personas naturales dedicadas a la compra y venta de automóviles.
· Empresas de la construcción e inmobiliarias.
· Casinos, casas de juegos, bingos e hipódromos.
· Almacenes Generales de Depósito.
· Empresas de servicio de correo y courriers.
· Agencias de Viaje y Turismo, Hoteles y Restaurantes.
· ONG y personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros.
· Empresas importadoras y exportadoras autorizadas.
· Notarías Públicas.
· Las sociedades administradoras de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos colectivos, y fondos de seguros de pensiones.
· Comercio de antigüedades, joyas, metales y piedras preciosas, monedas, objetos de arte y sellos postales.
· Laboratorios y empresas que producen y/o comercialicen insumos químicos que se utilicen para la fabricación de drogas y/o explosivos.
· Empresas dedicadas a la compraventa o importaciones de armas, fabricación y/o comercialización de materiales explosivos.
· Cámaras de comercio del país.
· Clubes de futbol profesional.
Sujetos obligados en general, auditores internos y externos, gerentes y responsables de las áreas comerciales, operativas de créditos y de comercio exterior. Profesionales y funcionarios vinculados a instituciones financieras y cooperativas, empresas y entidades sujetas a la ley nro. 27765, que requieren una comprensión profunda y actualizada de las normativas y prácticas relacionadas con la prevención y detección de lavado de activos.
Abogado USMP. Estudios de maestría PUCP. Árbitro. Especialidad en Derecho Empresarial – ESAN. Estudios en privatizaciones, financiamiento, regulación, Project Finance por la UP. Diplomado Internacional en arbitraje por la Universidad de Alcalá – España. Ex jefe del área corporativa del Estudio Caballero Bustamente (hoy Thomson Reuters). Ex abogado asociado de AE Tributaristas & Corporativos. Docente Facultad de Derecho UNMSM, conferencista del Colegio de Contadores Públicos de Lima y diversas entidades. Autor de diversos artículos sobre la materia empresarial. Amplia experiencia en estrategias de negocio, reorganizaciones y soluciones empresariales.

Abogado USMP. Estudios de maestría PUCP. Árbitro. Especialidad en Derecho Empresarial – ESAN. Estudios en privatizaciones, financiamiento, regulación, Project Finance por la UP. Diplomado Internacional en arbitraje por la Universidad de Alcalá – España. Ex jefe del área corporativa del Estudio Caballero Bustamente (hoy Thomson Reuters). Ex abogado asociado de AE Tributaristas & Corporativos. Docente Facultad de Derecho UNMSM, conferencista del Colegio de Contadores Públicos de Lima y diversas entidades. Autor de diversos artículos sobre la materia empresarial. Amplia experiencia en estrategias de negocio, reorganizaciones y soluciones empresariales.
– Certificado Digital con código QR.
– Material de Trabajo completo.
– Consultas directas con el capacitador
– Intercambio de experiencias con otras organizaciones.
– Acceso a nuestro campus virtual
Cuenta Corriente en soles
192-2342851-0-60
Titular: Negocios Online S.A.C.
961 106 120
961 106 120
14 de Enero
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS POLÍTICAS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE NEGOCIOS ONLINE SAC – SEMINARIOS TOP
Con su aceptación, autoriza a NEGOCIOS ONLINE SAC, con domicilio legal en Jr. Ismael Frías Nro. 105 Dpto. 10, Jesús María, Lima, Lima, Perú, a hacer uso de los datos que registre a través de este formulario (nombres, apellidos, cargo, centro de trabajo y correo electrónico) con el fin de enviarle información sobre este seminario, procesar su inscripción en el mismo, responder preguntas, enviar publicidad de eventos, boletines informativos, entre otros fines relacionados.
Se le informa que las preguntas en este formulario son obligatorias. Las consecuencias de la concesión de datos personales facultarán a NEGOCIOS ONLINE SAC para utilizarlos de acuerdo con los fines indicados anteriormente. La negativa a entregar los datos personales del usuario hace imposible que esta unidad los trate y satisfaga sus requisitos.
Además, y si es aceptado por usted, NEGOCIOS ONLINE SAC está autorizado a enviarle información sobre los diferentes servicios de formación y servicios relacionados, para lo cual utilizará su información de contacto registrada.
Asimismo, se otorga consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco a NEGOCIOS ONLINE SAC para brindar información a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto, mensajería instantánea (WhatsApp, Messenger, etc.), correos electrónicos o similares, sobre la publicidad y los servicios que se ofrecen.
Su información será almacenada en una base de datos propiedad de NEGOCIOS ONLINE SAC y será utilizada directamente por la empresa, siempre garantizando su seguridad y confidencialidad. La autorización otorgada es por un período de tiempo indefinido; sin embargo, usted puede revocarla o ejercer cualquiera de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), previstos en la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y sus regulaciones, de forma gratuita, enviando una comunicación al correo electrónico: informes@seminariostop.com


